Por: Querien Vangal
Enero / 2010
Advierte contra una mal entendida "caridad pastoral" contraria a la verdad
El Papa afirmó hoy ante los miembros del Tribunal de la Rota Romana, que el matrimonio canónico "goza del favor del derecho", y que por tanto, "en caso de duda, se debe considerar válido mientras no se pruebe lo contrario".
Al recibir a los miembros del Tribunal en audiencia, con motivo de la inauguración del Año Judicial, el Papa insistió en que la verdad "no puede ser contraria a la caridad", y que en los procesos de nulidad no se debe ceder a una "falsa caridad", que no redunda en el verdadero bien de los esposos, aunque les dé la razón.
"Algunos consideran que la caridad pastoral podría justificar cualquier paso hacia la declaración de la nulidad del vínculo matrimonial para salir al encuentro de las personas que se encuentran en situación matrimonial irregular", explicó.
Sin embargo, esta postura hace que la verdad tienda a ser "vista desde una óptica instrumental, que la adaptaría de vez en vez a las diversas exigencias que se presentan", advirtió el Papa.
"El problema se plantea cuando viene más o menos oscurecida la esencia misma del matrimonio", añadió, explicando que "la consideración existencial, personalista y relacional de la unión conyugal no puede hacerse nunca a despecho de la indisolubilidad, propiedad esencial" del matrimonio cristiano.
De lo contrario, observó, "se corre el grave riesgo de quedarse sin un punto de referencia objetivo para los pronunciamientos sobre la nulidad, transformando cada dificultad conyugal en un síntoma de no realización de una unión cuyo núcleo esencial de justicia - el vínculo indisoluble – es negado de hecho".
En este sentido, exhortó a los magistrados que llevan casos de nulidad a la "virtud de la fortaleza", que "se hace más relevante cuando la injusticia parece el camino más fácil a seguir, en cuanto que implica la condescendencia a los deseos y las expectativas de las partes, o también a los condicionamientos del ambiente social".
En particular, se dirigió a los abogados, a quienes pidió "no sólo poner toda la atención en el respeto de la verdad de las pruebas", sino también "evitar con cuidado el asumir, como asesores jurídicos, el patrocinio de causas que, según su conciencia, no sean objetivamente sostenibles".
Justicia, verdad y caridad
En este sentido, el Papa explicó a los magistrados y oficiales del Tribunal, que el "núcleo esencial" de su trabajo es la "administración de la justicia", una virtud "de la cual es muy importante redescubrir el valor humano y cristiano, también dentro de la Iglesia".
"El Derecho Canónico, a veces, es subestimado, como si fuese un mero instrumento técnico al servicio de cualquier interés subjetivo, aunque no fundado en la verdad", afirmó el Papa.
Es necesario en cambio "que este Derecho sea siempre considerado en su relación esencial con la justicia, con la conciencia de que en la Iglesia la actividad jurídica tiene como fin la salvación de las almas", añadió el Papa.
Esta justicia basada en la verdad no va contra la caridad, sino al contrario, explicó Benedicto XVI: "La caridad sin justicia no es tal, sino solo una falsificación, porque la misma caridad requiere esa objetividad típica de la justicia, que no debe confundirse con la frialdad inhumana".
"Quien ama con caridad a los demás es ante todo justo hacia ellos. No sólo la justicia no es extraña a la caridad, no sólo no es una vía alternativa o paralela a la caridad: la justicia es 'inseparable de la caridad', intrínseca a ella", añadió.
"Sin verdad, la caridad deriva hacia el sentimentalismo. El amor se convierte en una cáscara vacía, que llenar arbitrariamente. Es el fatal riesgo del amor en una cultura sin verdad. Este cae presa de las emociones y de las opiniones contingentes de los sujetos, una palabra abusada y distorsionada, hasta significar lo contrario".
Por otro lado, afirmó el Papa, "la mirada y la medida de la caridad ayudará a no olvidar que se está siempre ante personas marcadas por problemas y por sufrimientos".
Al mismo tiempo, argumentó, "es importante trabajar activamente cada vez que se entrevea una esperanza de éxito, para alentar a los cónyuges a convalidar eventualmente el matrimonio y restablecer la convivencia conyugal".
"Es necesario eludir los requerimientos seudo-pastorales que sitúan las cuestiones sobre un plano meramente horizontal, en el que lo que cuenta es satisfacer las reclamaciones subjetivas para llevar a toda costa a la declaración de nulidad, con el fin de poder superar, entre otras cosas, los obstáculos a la recepción de los sacramentos de la Penitencia y de la Eucaristía".
Al contrario, subrayó, "el bien altísimo de la readmisión a la Comunión eucarística tras la reconciliación sacramental, exige en cambio considerar el auténtico bien de las personas, inseparable de la verdad de su situación canónica".
"Sería un bien ficticio, y una grave falta de justicia y de amor, allanarles el camino hacia la recepción de los sacramentos, con el peligro de hacerles vivir en contraste objetivo con la verdad de su propia condición personal", concluyó el Papa.
Las causas de nulidad no son atajos para solucionar matrimonios fracasados Según el decano de la Rota Romana
Las causas de nulidad no son atajos para solucionar uniones fracasadas, ha advertido este viernes el decano de la Rota Romana, en una audiencia concedida por Benedicto XVI este viernes a los miembros de este tribunal de segunda instancia de la Iglesia.
El obispo Antoni Stankiewicz, al ilustrar la actividad de este año, consideró que en estos momentos la Iglesia tiene el desafío de afrontar la "difundida tendencia que relativiza la verdad", sobre todo "en las declaraciones de nulidad de matrimonio".
El prelado polaco informó, según su intervención, publicada por "L'Osservatore Romano", que entre las causas que recibe este tribunal, las que afectan a la declaración de nulidad de matrimonio sacramental "absorben en gran parte" su labor.
Citando la encíclica "Caritas in veritate", Stankiewicz advirtió ante "la difundida tendencia que relativiza la verdad y difunde una visión relativista de la persona humana y de su naturaleza, en los contextos más expuestos a este peligro, es decir, en el ámbito social, jurídico, cultural y político".
El obispo reconoció que "esta tendencia relativista con frecuencia se filtra también en las declaraciones de nulidad de matrimonio, que de este modo sufren una desviación, convirtiéndolas en un camino fácil para la solución de matrimonios fracasados, vaciando de este modo tanto el sentido de la declaración de nulidad, como el sentido del mismo carácter indisoluble" del sacramento.
La Iglesia no reconoce el divorcio, pues considera el matrimonio como un sacramento indisoluble instituido por Dios. Ahora bien, si se comprueba, puede declarar que un matrimonio fue nulo por causas claramente definidas, como puede ser la falta de consentimiento de uno de los cónyuges, o la oposición conscientemente de uno de ellos al contraer el sacramento a las propiedades esenciales del matrimonio (fidelidad, indisolubilidad) o a sus fines (por ejemplo, la apertura a la procreación).
Monseñor Stankiewicz subrayó con claridad que las declaraciones de nulidad del matrimonio que realizan los tribunales eclesiásticos en las diócesis "no pueden oponerse al principio de la indisolubilidad".
La Rota Romana actúa como Tribunal de apelación y juzga: en segunda instancia, las causas definidas por los Tribunales ordinarios de primer grado y remitidas a la Santa Sede por legítima apelación; y también en tercera y ulterior instancia, las causas tratadas ya en apelación por la misma Rota o por otro Tribunal eclesiástico de apelación.
Además, es también Tribunal de apelación para el Tribunal eclesiástico de la Ciudad del Vaticano.
[1] Rota. (Del lat. rota, rueda, por alus. al turno en los procedimientos). f. Tribunal de la Sede Apostólica romana constituido por un número indeterminado de jueces o auditores que se turnan en su función, y principalmente, juzga como tribunal de apelación las causas eclesiásticas de todo el orbe católico. || ~ de la Nunciatura Apostólica. f. Tribunal supremo eclesiástico de última apelación en España, compuesto de jueces españoles. □ V. auditor de la ~, auditor de ~, decisión de ~.
«La vanidad es la gloria de los pobres de espíritu»
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